Ley Karin y bienestar laboral: Pacto Global Chile organiza charla informativa sobre la entrada en vigencia de la nueva normativa

  • La actividad contó con la presencia de Paulina Calfucoy, gerente de Asuntos corporativos y Sostenibilidad de la ACHS y Luz María Cáceres, jefa de Comunicaciones Internas, Diversidad, Equidad e Inclusión en Caja los Héroes.

La entrada en vigencia de la Ley 21.643, conocida como Ley Karin, cuenta con una estrecha vinculación al Convenio Sobre la Violencia y el Acoso C190 de Organización Internacional del Trabajo, que Chile firmó en Ginebra en 2019. Dicho convenio plantea que todos los seres humanos, sin distinción de raza, credo o sexo, tienen derecho a perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y en igualdad de oportunidades, enunciado que funciona como la base de aquello que se propone en la nueva normativa.

A partir de la entrada en vigencia de la nueva Ley, que fue publicada en el Diario Oficial el 1 de agosto de este año, Pacto Global Chile organizó una charla informativa sobre la Ley Karin,cómo las empresas pueden generar cambios culturales para promover el bienestar laboral dentro de sus organizaciones.

“Consideramos que la Ley Karin es una excelente iniciativa para promover las buenas prácticas al interior de las empresas. En el Grupo de Empresas Líderes por el ODS 5 hemos venido trabajando desde el año 2023 la violencia y el acoso en espacios laborales. Es un aspecto que es importante para las empresas y sus colaboradores”, explicó Margarita Ducci, directora ejecutiva de Pacto Global Chile.

Por su parte, Paulina Calfucoy, gerente de Asuntos corporativos y Sostenibilidad de la ACHS, dictó una charla sobre las implicancias prácticas de la entrada en vigencia de la Ley Karin, destacando que “las organizaciones estamos constantemente enfrentadas a cambios en el entorno. Con la Ley Karin se establecen cambios legales donde las relaciones laborales deben estar fundadas en un trato libre de violencia, compatible con la dignidad de las personas y con perspectiva de género”.

La Ley tipifica 18 conductas que podrían ser denunciadas sin necesidad de que hayan sido realizadas en reiteradas ocasiones:

  • Restringir a un subordinado las posibilidades de hablar
  • Separar a un trabajador de sus compañeros cambiándolo de lugar
  • Prohibir a los compañeros que hablen con una determinada persona
  • Obligar a alguien a realizar labores en contra de su conciencia
  • Juzgar el desempeño de un trabajador de forma ofensiva
  • Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador
  • No asignar tareas a un trabajador o asignarle tareas por debajo de sus capacidades
  • Asignar tareas degradantes a un trabajador
  • Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador
  • No establecer comunicación directamente con un trabajador
  • Tratar a un trabajador como si no existiera
  • Criticar reiteradamente la vida privada de un trabajador
  • Terror telefónico realizado por el acosador
  • Dejar en ridículo a un trabajador
  • Insinuar que un trabajador tiene problemas psicológicos
  • Burlarse de las discapacidades de un trabajador
  • Imitar de forma burlesca los gestos y voces de un trabajador
  • Burlarse de la vida privada de un trabajador

Luz María Cáceres, jefa de Comunicaciones Internas, Diversidad, Equidad e Inclusión en Caja los Héroes, precisó que “para las organizaciones es un gran desafío adaptarse a las nuevas normativas porque implica un cambio cultural. Como empresas tenemos que estar atentos a cuáles son los procedimientos, los aspectos legales que son requeridos para dar cumplimiento a la Ley. Las acciones de apoyo y de asistencia técnica por parte de organizaciones laborales son fundamentales para respetar la Ley e integrar la salud mental a la cultura organizacional”.

Revisa la charla completa aquí:

 

 

 

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